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Contratos de alquiler

Antes de firmar tu contrato de alquiler es importante haberlo leído detenidamente y haber entendido todos los puntos y cláusulas. Será la única garantía de firmar con la seguridad de que lo haces bien.

  • Aunque parezca obvio, el contrato debe ser por escrito. No te fíes de acuerdos de palabra, además, de que no prueban nada ante un problema con el alquiler o el arrendatario.
  • Dueño e inquilino firmarán el contrato en todas y cada una de sus páginas con el objetivo de que no puedan modificarse ni sustituirse.
  • Obligatorio que conste el certificado energético y la cédula de habitabilidad.
  • Revisa y comprueba el estado de la vivienda antes de firmar: mobiliario, funcionamiento de electrodomésticos, luces, persianas, ventanas, grifos, caldera, calefacción o aire acondicionado, todo. De este modo podrás demostrar el estado en el que se entrega y no podrán reclamarte nada que no hayas generado tú.
  • En el contrato de alquiler deberá aparecer todo lo que incluye el precio de la renta mensual. Hay gastos a cargo del propietario como impuestos (IBI), gastos de comunidad o seguros de mantenimiento.
  • Ten en cuenta el abono de la fianza. Funciona como aval, por si después, una vez terminado el contrato, hay desperfectos o impagos. Este dinero debe de entregarse al propietario o la inmobiliaria, quienes deberán depositarlo de forma obligatoria en la entidad correspondiente dependiendo de la comunidad autónoma, en nuestro caso Incasol. Una vez finalizado el contrato y si todo está en orden, se deberá de devolver al inquilino obligatoriamente.
  • Un contrato de alquiler de vivienda que se celebre a partir del 5 de marzo de 2019, tendrá una duración mínima a voluntad del inquilino de 5 años si el arrendador es persona física o de 7 años si el arrendador es una persona jurídica.

Si el propietario no le comunica al inquilino que entregue la vivienda con un preaviso mínimo de cuatro meses antes de que finalicen los 5 o 7 años, el inquilino podrá permanecer en la vivienda otros tres años más.

  • Las pequeñas reparaciones en el alquiler de la vivienda a consecuencia del uso ordinario correrán a cargo del inquilino. Estas reparaciones no deberían superar los 150 €. Mientras que las reparaciones para conservar la vivienda en perfectas condiciones de habitalidad serán a cargo del arrendador.

Descárgate un modelo de contrato estándar y podrás ver los apartados más comunes, así como los puntos y cláusulas más típicas. Recuerda, que este solo es un modelo tipo y que cada contrato podrá contemplar nuevos requisitos que deberás leer y entender antes de firmar.

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